Ley N° 21.350

De acuerdo con el procedimiento indicado en el artículo 198 del DFL N°1, de 2005, del Ministerio de Salud, y lo dispuesto en la Circular IF/N°499, de 26 de marzo de 2025, de la Superintendencia de Salud, el ajuste anual del precio base de los planes de salud tiene su origen en el cálculo que la Superintendencia de Salud debe realizar de la variación del costo de las prestaciones de salud, variación de la frecuencia de uso experimentado por las prestaciones de salud y del costo en subsidios por incapacidad laboral, determinando, de acuerdo a ello, el porcentaje máximo de alza que las Isapres podrán aplicar. En función de ello, mediante la Resolución Exenta SS/N°294, de fecha 02 de marzo de 2026, rectificada por la Resolución Exenta SS/N°329, de fecha 09 de marzo de 2026, ese organismo determinó, para el año 2026, un indicador de alza máximo de 3,5%.

De acuerdo con lo anterior, y sin perjuicio de que el incremento de costos en salud y subsidios verificado por la Superintendencia de Salud para Isapre Vida Tres respecto de los años 2024 y 2025 fue de un 5,6%, le informamos que, a partir del mes de junio de 2026 realizaremos un reajuste de 3,5% en el precio base de su plan de salud.  

Para la validación de este reajuste, la Superintendencia de Salud llevó a cabo el proceso de verificación de la información enviada por Isapre Vida Tres, ratificando, mediante la Resolución Exenta IF/N°2934, de 20 de marzo de 2026, que el porcentaje de alza informado por esta Isapre se encuentra dentro del Indicador de Costos de la Salud (ICSA) calculado por ese organismo, autorizando el alza señalada anteriormente.

Cabe mencionar que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 198 del DFL N°1, de 2005, del Ministerio de Salud, la entrada en vigencia del nuevo precio de su plan de salud se producirá a contar de la remuneración, renta y/o pensión del mes de junio de 2026, fecha en la que se notificará el FUN a su empleador y/o entidad encargada de su pensión.

Es importante mencionar que el alza señalada, al ser la misma para todos los planes de salud de nuestros afiliados, responde a los criterios de solidaridad que sustentan el sistema privado de salud. Lo anterior significa que las personas que requieren menos atenciones de salud aportan a quienes tienen más necesidades. Así, cuando tú necesites ocupar más la Isapre, serás apoyado por aquellos que la utilizan menos.

Esto son los argumentos técnicos que justifican el ajuste de los precios base de los planes de salud y que fueron verificados por la Superintendencia de Salud

El costo en prestaciones de salud por persona beneficiaria aumentó un 8,1% entre los años 2024 y 2025, pasando de UF 35,709 a UF 38,590 por persona al año.

La cantidad de prestaciones bonificadas por persona aumentó un 7,3% entre los años 2024 y 2025, pasando de 27,334 a 29,325 prestaciones en dicho período.

El costo en subsidio por incapacidad laboral por persona beneficiaria disminuyó un 11,5% entre los años 2024 y 2025, pasando de UF 5,239 a UF 4,636 por persona al año.

Entre los años 2024 y 2025 hemos incorporado 9 nuevos códigos de prestaciones – aranceladas en la Modalidad Libre Elección del Fonasa – a la cobertura de los planes de salud. Los nuevos códigos de prestaciones de salud significaron un costo total anual de UF 654.

Asimismo, nos gustaría comentarle que, durante el año 2025 nuestra Isapre ha continuado desarrollando una gran cantidad de iniciativas para incentivar la contención del gasto en salud y subsidios, de modo de impulsar un sistema de salud más efectivo y de calidad para nuestros beneficiarios

Dentro de estas iniciativas podemos destacar las siguientes:

  • Negociación de convenios con prestadores: Negociamos permanentemente con nuestros prestadores en convenio, buscando mantener calidad del servicio y el uso eficiente de los recursos. Dentro de las iniciativas realizadas el año 2025, se trabajó en conjunto con los principales prestadores del país en la protocolización de los tratamientos oncológicos, avanzando así para que nuestros prestadores en convenio otorguen una atención costo eficiente, manteniendo siempre la calidad. También continuamos trabajando en la gestión activa para fomentar el uso de las cirugías ambulatorias por sobre las hospitalarias, donde logramos una tasa del 50%.
  • Programas Preventivos: Informamos constantemente a nuestros beneficiarios sobre los exámenes y consultas gratuitas incluidas en el Plan Preventivo de Isapres. Por ejemplo, durante el año 2025, realizamos 18 campañas de comunicación incentivando el uso de este beneficio, lo que nos permitió, además, de cumplir las metas de cobertura establecidas por la autoridad en esta materia.
  • Mejoras en los procesos de control de gasto de subsidios: Continuamos investigando la emisión y venta fraudulenta de licencias médicas, lo que nos llevó a ejercer acciones judiciales en contra de médicos identificados en la comisión de éstos ilícitos. A la fecha, hemos presentado acciones legales en contra de 716 médicos por emisión de licencias médicas ideológicamente falsas.
  • Orientación a los afiliados para hacer un mejor uso de los beneficios entregados: Incentivamos el uso correcto de los planes de salud, principalmente mediante comunicaciones realizadas por correo electrónico y visitas a nuestro sitio web educativo orientacion.banmedica.cl. Asimismo, promovimos constantemente la utilización de nuestra Sucursal Virtual, a través de la cual nuestros beneficiarios pueden cotizar sus atenciones ambulatorias y realizar presupuestos hospitalarios, entregándoles la asesoría necesaria para decidir de manera informada antes de sus atenciones médicas. A modo de ejemplo, nuestros beneficiarios cotizaron más de 286.550 atenciones ambulatorias durante el 2025

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