¿Sabías que los excesos y excedentes son dineros a tu favor? En esta sección podrás averiguar cómo se generan y de qué manera te los devolvemos. ¡Mantente informado!
Los excedentes se generan cuando el precio que pagas por tu plan de Isapre es menor a la cotización obligatoria (7%)
Conocer másLos excesos son una “sobrecotización” que se producen cuando la cotización pagada es mayor al precio pactado por tu Plan con la Isapre.
Conocer másConoce los principales términos que podrías encontrarte al ingresar a una Isapre.
Es un subsidio maternal correspondiente a los 42 días anteriores al parto. Durante este período, la futura madre deja de trabajar y recibe el subsidio legal. La licencia debe ser otorgada por un médico obstetra o por una matrona.
El deducible GES equivale a 29 cotizaciones mensuales por cada evento, con un tope anual de UF 122 por evento. En caso de existir más de un evento dentro del grupo de beneficiarios incluidos en el plan de salud, se considerarán 43 cotizaciones mensuales, con un tope anual de UF 181.
Los excesos son una “sobrecotización” que se producen cuando la cotización pagada es mayor al precio pactado por tu plan con la Isapre y al mismo tiempo es mayor a la cotización legal obligatoria, tu 7%.
La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas (CAEC) es un beneficio que está incluido en el costo de tu plan de salud y que tiene como objetivo aumentar tu cobertura en atenciones hospitalarias, con el fin de protegerte frente a enfermedades de alto costo. Se considera a una enfermedad como catastrófica, cuando los montos a cancelar (copagos) son superiores al deducible que te corresponde pagar.
Son las personas que incluyes en tu contrato de salud para que puedan acceder a los beneficios y coberturas de la Isapre.
Corresponde a un subsidio maternal para los 84 días siguientes al nacimiento del bebé. Es responsabilidad del médico tratante o matrona emitir la licencia, la que debe presentarse al empleador.
La carta de adecuación es una comunicación dirigida a los afiliados en la que damos a conocer eventuales cambios en el precio base de los planes de salud, según lo autoriza la ley vigente.
Persona natural que paga a la Isapre para obtener los beneficios indicados en el plan de salud. Al no tener trabajo, no tiene derecho al pago de un Subsidio por Incapacidad Laboral.